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Asunto:
He
comprado un piso de nueva contracción y de renta libre, para el mes que
viene tengo que firmar la hipoteca, la cual me "obligan" a
subrogarme a la entidad financiera que la promotora obtuvo el préstamo,
siendo las siguientes condiciones:
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tipo de interés: caja + 0,75
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La comisión de subrogación 1%,
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comisión por cancelación es del 1%
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comisión por cancelación parcial 1%
Me
han aconsejado que primero me subrogue con la entidad que me imponen y
después me vaya a otra entidad con mejores condiciones, dice que así
los gastos son menores.¿Es esto correcto? ¿Que diferencia de gastos
habría? ¿A partir de cuando me puedo cambiar de entidad bancaria?
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Vivienda valorada en 11.995.000 ptas iva incluido
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Valor de la hipoteca unos 9.000.000ptas
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Respuesta:
Efectivamente,
la subrogación a la entidad de la promotora, desgraciadamente va a ser
necesario.
Esa
entidad tiene unos gastos bastante elevados, el tipo no es precisamente
bajo (ahora mismo en el mercado, la gran mayoría está situado entre el
0,50 y 0,60, y referenciado al Euribor, y no al IRPH de las cajas (no lo
indica, pero creemos que ese es el índice a cuál se refiere, porque de
ser la CECA, sería muy elevado).
Las
comisiones son abusivas, ya que en los tiempo en los que estamos están
prácticamente desapareciendo.
Antes
de subrogarte nuevamente, te aconsejaría que nos volvieras a mandar un
mensaje avisándonos de las condiciones que te ofrece la nueva hipoteca,
y de esa manera poder calcularte las diferencias entre una y otra, y si
te saldría mas rentable.
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