|

Asunto:
Firme un contrato de
compra-venta de un piso y di 1 millón de pesetas.
La entrega de llaves es
dentro de 1 año y medio, ¿puedo hacerme una cuenta vivienda ahora y
deducir cada año fiscal la suma de lo que cada mes al promotor y lo que
meta en la cuenta vivienda?
Si fuera posible, ¿qué
documentos necesitaría para Hacienda?
|
|
Respuesta:
SI, si puedes deducirte por los DOS
conceptos, tanto por las cantidades entregadas al promotor, como por las
cantidades depositadas en la cuenta vivienda.
Al respecto, debes considerar que el tope
MAXIMO de deducción es de 9000 euros al año, por la suma de los DOS
conceptos.
Respecto a Hacienda, NO tienes que
presentar ningún papel, solo tener en tu poder la libreta de la cuenta
vivienda, así como los justificantes de pago al constructor, para el
caso de que Hacienda te los pidiera, poder justificar que tienes dicha
cuenta vivienda, y que has efectuado los pagos del piso, pero NO es
preciso que los entregues en Hacienda, solo en el caso de que te los
pidieran. |