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Asunto:
Tengo
una cuenta vivienda abierta el 28/12/98 donde he hecho imposiciones por
importe de 27000 Euros, luego he desgravado 5 años (del 98 al 02). El
15/05/03 voy a firmar un contrato de compra de un piso, la escritura y
la hipoteca las firmaré en 2004. Para poder seguir desgravando en 2003
¿tendría que pagar al promotor más de 27000 Euros este año?
Suponiendo
que pague este año al promotor 36000 Euros, ¿qué porcentajes de
desgravación me serían aplicables este año si la hipoteca la firmo en
2004? ¿La fecha de compra de la vivienda es la de la firma del contrato
o la de las escrituras?
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Respuesta:
El
momento exacto en el que tu adquieres la vivienda, es en el momento en
el que firmas el contrato de compraventa, es decir, en el momento en el
que tu aceptas comprar y el vendedor acepta vender, y dejáis constancia
POR ESCRITO, mediante un contrato.
Para
poder desgrabar, tendrías que pagar MAS de esos 27.000 euros ya
deducidos.
Si
en el 2003 pagas 36.000 euros, y ya has deducido 27.000, implica que
este año puedes desgrabar 9.000 euros, que es el tope máximo que
permite la Ley.
Para
el año 2004, se supone que los porcentajes serán exactamente los mismo
que serán para el 2003.
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