|

Asunto:
Buenas mi consulta está relacionada con la novacion o
subrogación de mi
actual hipoteca
Mi actual hipoteca es fija con 5,5 de
interés y por 15 años de los que
llevo
casi 5 años la cuota mensual es de 319 euros aproximadamente lo cual me
hace difícil continuar así tras haber cambiado de trabajo y recibir menos
dinero
en el actual, además había pensado en ampliar el importe pendiente
aprox.
30.000 hasta 51.000 euros para poder así comprar un coche (el actual
tiene
ya mas de 10 años y según el mecánico se avecinan reparaciones de gran
coste, en esa ampliación de 21.000 euros he calculado los costes de una
subrogación que me calcularon en otro banco que era el Santander con
2,75%
tres primeros años y resto euribor + 0.75 creo y el gasto estaría en
torno
a los 2.800 euros con simulación al máximo y además un fondo de
aproximadamente 3.000 euros para posibles gastos posteriores o
imprevistos.
Entonces mi pregunta es me conviene la
subrogación o la novacion, en el
caso
de lo segundo es que veo que el director de mi sucursal no esta muy por
la
labor, además me dice cosas que no es lo que yo le pido de hecho dice
que la
novacion es muy liosa y que mejor cancelarla y cambiarla por otra (lo
cual
tiene una comisión del 2% en vez del 0,5 de la modificación) por lo
tanto
cual es el tipo por el cual me debo de decidir para cambiar, es decir,
si en
la novacion seria un euribor + 0,50 pero con un mínimo del 3.5 % según
cálculos me ahorro en el Santander en los tres primeros años
aproximadamente
1.150 euros ya que al ser fijo en el Santander y calculando el mínimo de
la Caixa 3.5 pues veo que casi amortizo parte de los gastos.
|
|
Respuesta:
En nuestra opinión, y sin conocer más detalles de la operación que nos
describe, debemos inclinarnos por la novación de la anterior hipoteca,
por
los motivos de economía en comisiones que nos expone, además de economía
tributaria.
Así, la constitución de una nueva hipoteca le supondrá de nuevo tributar
por
el concepto de Actos Jurídicos Documentados, a un tipo variable y
diferente
para cada comunidad autónoma, pero que puede alcanzar un 1,5% del
importe de
la hipoteca. En cambio la novación, no tributa por este concepto, por lo
que
a su ahorro de 1,5% en comisiones deberíamos añadirle un ahorro del 1,5%
en
impuestos.
|