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Respuesta:
En el caso que nos plantea, existirán obligaciones
de realizar declaraciones para una Comunidad de Propietarios si realiza
alguna operación sujeta a tributación, como por ejemplo podría ser la
utilización del terrado para la ubicación de vallas publicitarias, en
cuyo caso facturaría por ese concepto y debería ingresar el IVA
correspondiente.
No obstante, obligaciones fiscales directas
periódicas como pueda ser un Impuesto de Sociedades o un IRPF, no
existen en el caso de las comunidades, dado que las mismas tributan en
el régimen de “imputación de rentas” (atribuyen proporcionalmente a sus
comuneros los beneficios obtenidos).
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