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REQUISITOS DESPUÉS DE
CONCEDER UNA HIPOTECA
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Las
entidades financieras son conscientes que la concesión de una hipoteca es un
momento ''único'' para poder hacer todo tipo de negocios con el nuevo cliente.
Tal
es así que hoy por hoy, hay entidades que solo están dispuestas a ofrecer unas
buenas condiciones de la hipoteca si el cliente le contrata otra serie de
productos, sobre todo, aquellos concernientes a seguros y planes de pensiones.
Ejemplo:
vamos a partir de un ejemplo REAL que hay ahora mismo en el mercado.
Cierta
entidad anuncia en sus folletos publicitarios que ofrece un tipo
de interés del Euribor + 0.5, comisión de apertura del 1%, etc, etc.
Cuando
hemos ido a preguntar a una oficina, nos hemos encontrado que SI, la oferta como
tal existe, pero se EXIGE que el cliente les contrate, ADEMÁS:
-
Un
seguro de vida por el valor de la hipoteca
-
Un
seguro del hogar
-
Un
plan de pensiones
-
Domiciliar
la nómina
-
Disponer
de una tarjeta de crédito (que por supuesto, tiene comisión de
mantenimiento)
-
Domiciliar,
al menos, tres recibos (luz, agua, teléfono...)
Ante
todas estas exigencias, uno cabe preguntarse: ''oiga, yo quiero contratar una
hipoteca, y usted me está vendiendo 500 productos a la vez, que yo no sé si
son o no buenos, o si me convienen o no, o quizás incluso yo puedo tener
contratados en mejores condiciones en otro lado. Vamos, que casi que me estoy
''casando'' con el banco, porque no tengo derecho a nada con ''otros''''.
A
continuación se muestran aquellas exigencias que consideramos ''normales'', y
aquellas otra que NO.
1.-
Exigencias ''normales''
2.-
Exigencias ''abusivas''
1.-
EXIGENCIAS ''NORMALES''
Se
puede considerar ''normal'', e incluso razonable, que usted ''colabore'' con la
entidad que le ha otorgado una hipoteca.
Por
así decirlo, es un trato razonable conceder ciertos privilegios a la entidad
que se ha ''preocupado'' de darle el dinero que usted necesita para pagar la
vivienda.
Por
ejemplo, se considera normal que:
-
Nómina:
domiciliar la nómina, o en el caso de ser autónomo, los ingresos que
dispone. En tal sentido ¿a usted que mas le da cobrar por uno u otro banco
/ caja?, es una exigencia asumible.
-
Recibos
bancarios: domiciliar el cobro de recibos como la luz, agua, teléfono,
etc. En este sentido, es habitual que las entidades exijan, al menos, dos o
tres recibos. Por su parte, ¿qué mas le da pagar por ese banco, o por
otro?. Es una exigencia asumible.
-
Tarjetas:
si va a disponer de una cartilla, de la nómina, lo lógico es que
disponga de al menos una tarjeta de débito. Ojo, de débito, que suelen ser
GRATIS, o a lo sumo, con una comisión de mantenimiento muy pequeña. Es una
exigencia asumible. Si la exigencia fuera una tarjeta de crédito,
pregunte lo que le van a cobrar cada año por su mantenimiento, o en todo
caso, muchas veces se tiene pensado solicitarla de todas formas.
2.-
EXIGENCIAS ''ABUSIVAS''
Pasamos
a continuación a algunas de las exigencias que esta web considera como
ABUSIVAS, es decir, que se exigen, pero el cliente debería estudiarlas con
mucho detenimiento si le convienen.
Como
ya hemos indicado, usted elegirá una entidad por la oferta que le ofrece en las
condiciones de la hipoteca. Después de valorar a otras entidades, asume que esta
es la que más le conviene.
Pero
eso no significa que pueda ser LA MEJOR en todo, y menos en otros productos que
quizás ni siquiera conoce, o incluso, a veces, no le hace falta.
Por
ejemplo, se considera ''abusivo'' exigir (detallaremos los tres mas corrientes,
pero puede encontrarse con mas):
-
Seguro
del hogar:
Según
la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario y el Real Decreto 685/1982 que
desarrolla dicha Ley, el único seguro obligatorio para suscribir una
hipoteca es el de incendios.
Ahora
bien, otra cuestión distinta es que la propia entidad que concede el préstamo
imponga una aseguradora (ya sea del mismo grupo, o de la que cobra comisión
por acuerdos firmados entre ellas), puesto que es contrario al principio de
reciprocidad y de equidad que reconoce la Ley 26/84 General de Defensa de
los Consumidores y Usuarios, ampliada en su carácter protector hacia el
consumidor a través de la Ley 7/1998 de Condiciones Generales de Contratación.
No
es cuestión de exigir o no la contratación de un
seguro
del hogar, que eso no se
discute, ahora bien, la cuestión es que el usuario pueda elegir lo que mas
le conviene.
Ejemplo:
imagine que la compañía de seguros con la que desea el banco que
contrate el seguro del hogar ofrece muchas menos coberturas que otra
compañía de la competencia (ver
análisis).
O por el contrario, suponga que le están ofreciendo un seguro muy completo,
pero muy caro, y usted no desea gastarse tanto (ver
comparativa
de precios).
-
Seguro
de vida: puede que usted ya disponga un seguro de vida, o bien, otro
tipo de productos que le cubren en caso de fallecimiento. O bien, que el
precio que le cobran es demasiado alto comparado con la competencia, o las
coberturas e indemnizaciones no son las mas óptimas. Es una exigencia ''abusiva''
por parte del banco / caja. No lo acepte.
-
Plan
de pensiones: quizás esté usted contento con el funcionamiento de la
Seguridad Social, o bien no pueda permitirse en este momento contratar un
plan de pensiones, o bien en su empresa ya disponen de uno, o bien hace ya
años que usted lo contrató por su cuenta, o bien las condiciones del plan
que le ofrecen no son las mas ventajosas. ¿porqué contratar un producto
que no precisa, o no puede, o ya tiene, o es peor que el de la competencia?.
Es una exigencia ''abusiva'' por parte del banco / caja. No lo
acepte.
Como
ha podido observar, muchas veces, contratar una hipoteca con una entidad
financiera supone:
''casarse''
con el banco / caja !!!
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