TU ASESOR -DERECHOS Y OBLIGACIONES-

 

 

Para solicitar asesoramiento, escriban a asesoria-seguros@segurvivienda.com

 

fecha: 2003

Asunto:  

 

Mi compañía aseguradora casualmente es CASER y ha optado por abonar los daños que he causado a mi vecino del piso inferior debido a que el bote sifónico pierde por algún sitio, en lugar de reparar la fuente del daño que lo causa.

 

Alegan que la reparación efectuada en el cuarto de baño está mal hecha pues no se ha puesto "tapones al bote sifónico" y por eso pierde.

 

En primer lugar, la casa es de nueva construcción y se entregó como nueva en mayo 94. Durante 8 años aproximadamente se ha estado utilizando ese cuarto de baño sin el menor problema.

 

No se ha hecho ninguna modificación de la vivienda por no requerirse hasta
la fecha.

 

Consultado con empresas de reparaciones han asegurado que no es posible que faltando esos tapones durante 8 años no se hayan producido pérdidas de agua.

 

Creo que en el fondo lo que late es un problema económico: es más barato
indemnizar al vecino que realizar las reparaciones.

 

Tras muchas llamadas telefónicas, un operador me ha informado de que puedo reclamar por escrito a una dirección en Madrid (c/ Conde de Pelañalver, 17) al Servicio de Atención al Asegurado. Y se ha esgrimido que "la Cía. no está obligada a reparar mis daños", esto a pesar de que en la póliza del seguro expresamente se recoge como daños accidentales de desagües.

 

Desearía saber si me ampara la Ley del Seguro o alguna Directiva Comunitaria ya que, si quiero evitar males a mis vecinos deberé reparar previamente y después demandar a la aseguradora CASER.

 

Respuesta: 

 

Su compañía no indemniza a su vecino porque sea la mejor solución para la aseguradora, indemniza porque usted tiene una responsabilidad civil sobre el siniestro y esta la tiene cubierta en su póliza, y la compañía la debe pagar.

 

La ley le ampara desde el punto en que usted demuestre que es un siniestro cubierto en su póliza. Para ello tiene una primera opción, si el perito de su aseguradora piensa que no es un siniestro con garantía usted puede nombrar un segundo perito, a su costa, para tener una segunda opinión contratada por usted. Consulte con su mediador de seguros como hacer esto.

 

Si su perito entiende que si hay cobertura, pero aun así no convence al de la compañía deberán nombrar un tercer perito para determinar.

 

Otra opción, es reclamar a trabes del defensor del asegurado. Y si no es de su agrado el resultado acudir a la Dirección General de Seguros.

 

Y la ultima acudir a la vía judicial. Para lo cual deberá demostrar que su siniestro tiene cobertura, con un informe pericial favorable le podría valer.

 

Respuesta elaborada por: ww.suraice.com

 

 

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