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Llegado el caso de que un bien asegurado se destruye existe el derecho a indemnización, la pregunta más lógica es:
¿Cuánto dinero nos van a pagar?
Para conocer la trascendencia de los conceptos que se pretenden desarrollar en este capítulo, es conveniente hacer con carácter previo una reflexión. Solo basta pensar que este apartado se refiere al dinero a percibir de la aseguradora en los siguientes casos:
Huelga decir que se habla de casos extremos, porque el bien que estaba asegurado se ha perdido por completo. Y por tanto, esto significa diferencias de muchos cientos de euros entre estar bien asegurado y no estarlo.
Entrando ya en el fondo del asunto, y de forma genérica, cabe decir que para abarcar todas las posibilidades que dan todas las compañías, como denominador común, la indemnización se calcula en función de la antigüedad, uso o desgaste del bien asegurado, y en función de la póliza que contratada.
Por ello, antes de nada, es necesario saber lo que significa cada uno de los siguientes términos:
Ejemplo: Supongamos que por un incendio se destruye un frigorífico. Su valor a nuevo son de 600 euros, pero como ya tiene 3 años, su valor en el mercado es de 200 euros.
Por lo tanto:
Una vez visto el significado de los anteriores términos, la pregunta clave:
¿A mí que me corresponde?, el valor real, el de nuevo, o el de primer riesgo...
Pues ese valor está en función de la póliza que cada usuario haya contratado, ya que se pueden encontrar todos los casos posibles, y esto está especificado en las Condiciones Generales, es decir, en la LETRA PEQUEÑA.
Por ejemplo, hay compañías que dan la opción de contratar con la opción a valor a nuevo, o a valor real, y en función de ello, así pagará el usuario por el seguro.
Por ejemplo, hay compañías que indemnizan:
LÍMITE MÁXIMO
Pero aún hay mas limitaciones de las indicadas anteriormente, porque hay compañías que en determinadas coberturas, y en determinados bienes, imponen un tope máximo de dinero por pieza, o un tope máximo por siniestro.
Una vez visto el significado de los anteriores términos, la pregunta clave:
¿A mí que me corresponde?
Pues ese valor está en función de la póliza que cada usuario haya contratado, ya que se pueden encontrar todos los casos posibles, y esto está especificado en las Condiciones Generales, es decir, en la LETRA PEQUEÑA.
CONSEJO
En los seguros del hogar, se puede decir que es un buen seguro si se tiene derecho a:
No le aconsejamos el valor real, ya que los enseres de una vivienda sufren una gran depreciación nada mas comprarlos. ¿cuánto vale una lavadora con 5 años? ¿qué vale un mueble viejo?. Y por otro lado, ¿está dispuesto a acostarse en un colchón que le facilite la compañía de segundamano?.
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